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    Implicancias en la aplicación del Código de Ética del Abogado en la responsabilidad profesional derivada de la mala praxis, Lima - 2019

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    El informe de investigación tiene como objetivo determinar las implicancias de aplicación del Código de Ética del Abogado en la responsabilidad profesional derivada de la mala praxis. El tipo de investigación de acuerdo al fin: básica, diseño de investigación: teoría fundamentada y nivel descriptiva. El escenario de estudio fue en la Corte Superior de Justicia de Lima y de Lima Norte y los abogados hábiles que ejercen patrocinio en la ciudad de Lima. Las técnicas de recolección de datos fueron: la entrevista y el análisis documental. En cuanto a los resultados, los entrevistados mencionaron que las sanciones interpuestas por los Colegiados no son muy numerosas ni drásticas. Existiendo dos entes de fiscalización, el Colegio de Abogados cumple un rol importante en vía administrativa, así como el órgano jurisdiccional para corregir la conducta que cause daño, como una responsabilidad civil. Se concluyó que urge la necesidad de una mejor formación de los operadores del Colegiado, en cuanto a procedimientos sancionadores. Se recomienda que el Código de Ética debe modificarse, realizando un diagnóstico exhaustivo de la problemática. Se sugiere que el Colegio Profesional sea un ente fiscalizador importante y se propone establecer mecanismos novedosos para un mayor trabajo estrecho

    Implementación de beneficios por colaboración al derecho disciplinario en Colombia : aspectos positivos

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    130 páginasEl sistema de control disciplinario está llamado a cumplir en el marco del Estado de Derecho una muy importante función, que compromete la propia legitimidad institucional: del debido comportamiento de los servidores públicos depende, en efecto, el cabal desarrollo de la gestión pública que, como es conocido, compromete el interés público. En este trabajo, se encontrará que para el cumplimiento de esta función, es necesario la implementación al proceso disciplinario de mecanismos de derecho premia!, los cuales le aportarían mucho al fortalecimiento de esta rama del derecho en especial al control disciplinario; en donde a cambio de la inaplicación de sanciones en unos pocos y determinados casos, se obtendría insumos importantes en vía de combatir las estructuras que propician y producen esos actos corruptos individuales, procurando un derecho disciplinario eficiente y eficaz; y se muestra como a pesar de que el derecho disciplinario al ser netamente inquisitivo, ello no es óbice para la implementación de sistemas por colaboración, pese a que algunos de estos beneficios son propios del sistema acusatorio, como lo es el principio de oportunidad.The disciplinary control system have to fulfil a very important function in the Rule of Law, which compromises its own institutional legitimacy: the proper development of public server depends, of the correct development of public management, that compromises the public interest. In this document, it will be found that for the fulfillment of this function it is necessary to implement mechanisms of premial law in the disciplinary process, which would contribute much to the strengthening of this branch of law, especially to disciplinary control; where important inputs would be obtained to combat the structures lhat propitiate and produce those individual corrupt acts, rather than the inapplication of sanctions in a few cases, seeking an efficient and effective disciplinary law; and it shows that even the disciplinary law is purely inquisitive, it is possible to implement collaborative systems, although sorne of these benefits are characteristic of the accusatory system, as is the principie of opportunity.Magíster en Justicia y Tutela de los Derechos con énfasis en Derecho ProcesalMaestrí

    Principio de legalidad de la sanción en Colombia tratamiento diferencial de la sanción disciplinaria de autoridades administrativas y judiciales

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    El propósito del Trabajo de Investigación es evidenciar si el tratamiento de la sanción disciplinaria impuesta por autoridades administrativas y judiciales es violatorio de los principios de dignidad humana y de igualdad. Se demuestra que la sanción disciplinaria está precedida de todas las garantías que emanan del artículo 29 de la Carta Política. Pero, cuando quien la impone es la autoridad administrativa, el afectado tiene la posibilidad de demandar el acto que la contiene ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en ejercicio del medio de control de Acción de Nulidad y Restablecimiento del Derecho (artículo 138, C.P.A.C.A.). En este caso, la autoridad judicial puede ordenar su nulidad, el restablecimiento del derecho y la reparación por el daño antijurídico causado, debiendo responder patrimonialmente la entidad cuya autoridad impuso la sanción disciplinaria, sin perjuicio de la acción de repetición contra el agente estatal en los términos de la Ley 678 de 2001. Este tratamiento no se aplica a las sanciones disciplinarias impuestas por las autoridades judiciales, razón por la cual los funcionarios judiciales, jueces de paz, conjueces, árbitros, conciliadores, auxiliares de justicia, abogados en el ejercicio de su profesión e incluso, los empleados judiciales sancionados por su nominador, no gozan del mismo trato dado a los disciplinados por autoridades administrativas, puesto que no cuentan con ningún recurso extraordinario para restarle efecto a la sanción disciplinaria, limitándose sustancialmente el derecho a la defensa. La dualidad de estos regímenes disciplinarios frente al tratamiento desigual de la sanción disciplinaria de la misma especie, rompe el equilibrio de cargas procesales que debe existir entre los sujetos disciplinados por infracción injustificada de sus deberes funcionales, y vulnera los principios de dignidad humana y de igualdad, no sólo por los efectos personales que acarrea al sancionado sino por los efectos patrimoniales que desencadena para la entidad a la cual está vinculado. Es por eso que se considera pertinente revisar los fundamentos normativos, jurisprudenciales y doctrinales de la sanción disciplinaria a la luz de estos dos principios constitucionales, y aunque no es el ámbito del presente Trabajo de Investigación adelantar una propuesta de Reforma Constitucional y Legal, ella contiene una exposición de motivos como plataforma de consulta para superar la actual violación de los Principios de Dignidad Humana e Igualdad debido al tratamiento diferencial de las sanciones disciplinarias por parte de las autoridades administrativas y judiciales.The purpose of the Investigation Work is to show whether the treatment of the disciplinary sanction imposed by administrative and judicial authorities violates the principles of human dignity and equality. It is shown that the disciplinary sanction is preceded by all the guarantees emanating from article 29 of the Political Charter. But when the person imposing it is the administrative authority, the affected party has the possibility of demanding the act that contains it before the Contentious Administrative Jurisdiction, in exercise of the means of control of Action of Nullity and Restoration of Law (article 138, C.P.A.C.A.). In this case, the judicial authority can order its nullity, the restoration of the right and reparation for the unlawful damage caused, and the entity whose authority imposed the disciplinary sanction must respond patrimonially, without prejudice to the action of repetition against the state agent in the terms of Law 678 of 2001. This treatment does not apply to disciplinary sanctions imposed by judicial authorities, which is why judicial officials, justices of the peace, judges, arbitrators, conciliators, justice assistants, lawyers in the exercise of their profession and even judicial employees sanctioned by their nominator, do not enjoy the same treatment given to those disciplined by administrative authorities, since they have no extraordinary recourse to detract from the disciplinary sanction, substantially limiting the right to defense. The duality of these disciplinary regimes (administrative disciplinary process and judicial disciplinary process) against the unequal treatment of the disciplinary sanction of the same species, breaks the balance of procedural burdens that must exist between the subjects disciplined for unjustified violation of their functional duties, and it violates the principles of human dignity and equality, not only because of the personal effects that the sanctioned person brings, but also because of the patrimonial effects that it triggers for the entity to which it is linked. That is why it is considered pertinent to review the normative, jurisprudential and doctrinal foundations of the disciplinary sanction in light of these two constitutional principles, and although it is not the scope of this Research Work to advance a Constitutional and Legal Reform proposal, it contains an explanatory statement as a platform for consultation to overcome the current violation of the Principles of Human Dignity and Equality due to the differential treatment of disciplinary sanctions by administrative and judicial authorities

    La sentencia del Tribunal Constitucional y los procesos administrativos sancionadores instaurados por la Contraloría General de la República en Lima, año 2020

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    El objetivo principal de la presente investigación fue identificar las implicancias que genera que los procesos administrativos sancionadores instaurados por la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República no continúen siendo procesados en merito a la sentencia del Tribunal Constitucional, año 2020, fue de enfoque cualitativo, de investigación aplicada, nivel explicativo, y de diseño estudio de caso, la muestra estuvo conformada por diez (10) resoluciones relacionadas a la conclusión del procedimiento administrativo sancionador y la entrevista a 6 especialistas de la Contraloría General de la República y 2 abogados del Estudio Percovich Abogados y asociados. Luego del análisis se identificó las implicancias que genera que los procesos administrativos sancionadores instaurados por la potestad sancionadora de la Contraloría no continúan siendo procesados en merito a la sentencia del Tribunal Constitucional año 2020; por cuanto, se consideró que la sentencia genero la no continuidad de los procesos instaurados por la facultad sancionadora de la Contraloría; asimismo los procesos administrativos sancionadores a cargo de la contraloría han sido paralizados, algunos a razón de la sentencia han concluido su procedimiento quedando sin efecto, finalmente, existen varios funcionarios y servidores públicos comprendidos en sanciones e inhabilitaciones que han solicitado la anulación de sus procesos ante la contraloría

    Procedimiento administrativo disciplinario en caso de incumplimiento laboral de los servidores de una municipalidad de Lima Metropolitana, 2021

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    El presente trabajo de investigación titulado Procedimiento administrativo disciplinario en caso de incumplimiento laboral de los servidores de una municipalidad de Lima Metropolitana, 2021 la problemática que se ha identificado es la regulación del marco normativo en el desarrollo del procedimiento administrativo disciplinario en los casos de incumplimiento laboral, es decir, específicamente en la Ley 30057 Ley del Servicio Civil, según la Ordenanza Municipal (O.M. 006, 2015) que aprueba el Régimen y Procedimiento Administrativo Disciplinario precisa que el PAD es el conjunto de actos y diligencias que proceden a todo acto administrativo emitido para la determinación de responsabilidad administrativa disciplinaria. Este trabajo se realizó bajo el enfoque cualitativo, es decir, conceptualizando la situación o realidad que se ha investigado, de la misma forma para recabar información he tenido que emplear la técnica de recolección de datos, siendo una de ellas la entrevista al cual a sido dirigido a abogados, especialistas y secretarios técnico de diferentes entidades de la administración pública, llegando a una de las conclusiones que la conducta funcional de los servidores civiles no se encuentran establecidas de manera correcta en la Ley 30057 Ley del Servicio Civil

    Régimen jurídico de las agresiones contra el personal sanitario por parte de pacientes y acompañantes

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    Esta monografía trata sobre el régimen jurídico actual aplicable en el ordenamiento jurídico colombiano para las agresiones contra el personal sanitario por los pacientes y sus acompañantes, concluyendo que existe una desprotección para el personal sanitario, pues la normativa del derecho penal y administrativo no es suficiente de cara a la protección de estos sujetos pues no está cumpliendo con el propósito de sancionar al agresor y disuadir al resto de la población de abstenerse de llevar a cabo este tipo de comportamientos. Asimismo, también se concluyó que existe un vacío normativo pues no está establecida la consecuencia jurídica derivada del incumplimiento al deber de respeto que tienen todas las personas en relación con la atención en salud, lo cual impide su exigencia a los particulares. De conformidad con estos postulados, en esta monografía se realizó un estudio de derecho comparado mediante el cual se consultó el tratamiento vigente en los ordenamientos jurídicos de España, Argentina y Chile de las agresiones contra el personal sanitario por parte de los pacientes y sus acompañantes. Lo anterior con el fin de proponer y evaluar algunas alternativas de regulación jurídica de carácter penal y administrativo, para estudiar su posible implementación en el ordenamiento jurídico colombiano. Recordando que el objetivo principal de la norma es brindar una protección real a los trabajadores de la salud

    El debido proceso en el derecho administrativo sancionatorio frente a las infracciones a las normas de transporte terrestre en Colombia : (estudio a partir de la legislación, la doctrina y jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado)

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    El estudio, se desarrolla en tres capítulos temáticos con plena coherencia desde los objetivos específicos trazados en la propuesta de investigación: En el primer capítulo se estudia el régimen administrativo sancionatorio en Colombia, con énfasis en sus características, desde este cauce se realizan acercamientos a diferentes tipos de procesos sancionatorios como son el disciplinario, el de Policía, y el de tránsito, con el propósito de identificar su connotación sustancial y estructuras procesales, reforzando el contexto de derechos y garantías por cada tipología procesal, con armonización al tema central de la investigación. En el segundo capítulo se realiza la descripción del régimen sancionatorio en materia de transporte terrestre en Colombia de forma precisa y específica, tomando como soporte la legislación y la doctrina, mismo que se desarrolla desde la revisión de la ley 105 de 1993 y la ley 336 de 1996, esta última conocida como Estatuto marco de transporte y de sus decretos reglamentarios. Para el caso de la doctrina se acude a la visión de importantes doctrinantes en la materia, desde la cual se permite observar la estructura del proceso y sus garantías al debido proceso, desde una cosmovisión diferente en cuanto al reforzamiento de concepciones sistematizadoras del derecho del transporte terrestre y sus dinámicas de control y sanción. En el tercer capítulo se desarrolla el análisis del debido proceso en el régimen sancionatorio del transporte terrestre desde la jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado.Magíster en Derecho Procesal ContemporáneoMaestrí

    “El régimen disciplinario como medio de formación policial en los estudiantes de la Escuela de Suboficiales PNP del distrito de Puente Piedra en los años 2015-2016”

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    El presente trabajo de investigación tiene como finalidad determinar la eficacia del régimen disciplinario, regulado por la Ley del Régimen Educativo de la PNP y su reglamento, como medio de formación policial en los estudiantes de la Escuela de Suboficiales PNP del distrito de Puente Piedra en los años 2015-2016, respecto a su armonía con el ordenamiento jurídico legal, su aplicación, su tipificación de infracciones y los procedimientos administrativos regulados. Este trabajo se desarrollo bajo el enfoque cualitativo con el diseño de investigación de teoría fundamentada de tipo básico-puro y nivel descriptivo, teniéndose como población al personal policial que laboró y utilizo dicho régimen disciplinario en la Escuela de Suboficiales PNP del distrito de Puente Piedra en los años 2015-2016, así como también los expedientes administrativos disciplinarios del mismo lugar y tiempo, seleccionándose de dicha población diez policías y cuatro expedientes mediante un método de muestreo no probabilístico con el fin de alcanzar los objetivos propuestos del presente trabajo, aplicándose como técnicas de recolección de datos la entrevista y el análisis documental. De esta manera la presente investigación llego a concluir que no ha sido eficaz el régimen disciplinario como medio de formación policial en los estudiantes de la Escuela de Suboficiales PNP del distrito de Puente Piedra en los años 2015-2016, porque la regulación tanto de la Ley del Régimen Educativo de la PNP como de su reglamento contenían vacios, imprecisiones y contradicciones normativas en relación con otras normas superiores como la Ley N° 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General” y la Constitución Política del Perú, hecho que ocasiono la no comprensión de los estudiantes y su desobediencia en la mencionada escuela de formación policial

    Derecho disciplinario y relaciones especiales de sujeción

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    El proyecto, Derecho Disciplinario y Relaciones Especiales de Sujeción, se inscribe en el Programa de Maestría en Derecho Disciplinario, primera y única en Colombia e Iberoamérica, impartido desde la Universidad Libre de Colombia; es fruto de los planteamientos, reflexiones y aportaciones realizadas por estudiantes que vienen actuando como auxiliares de investigación durante más de un año, dentro del Grupo Derecho Penal, Derecho Disciplinario y Derechos Humanos, adscrito al Centro de Investigaciones Socio Jurídicas. Este informe científico anclado al proyecto, da cuenta del avance, los resultados de investigación y el estado del problema, en aras de seguir contribuyendo dogmáticamente a una nueva fundamentación del Derecho disciplinario en Colombia, en este contexto son varios los motivos que nos llevaron a desarrollar el plan que hoy culmina con este escrito, sobre los avances, colocándose a consideración de la dirección del Programa, estimando que se materializaron en debida forma los objetivos propuestos: En primer término, parte la investigación de la reflexión atinente a que uno de los aspectos esenciales del Derecho disciplinario en la actualidad, radica en determinar la esencia de la relación jurídica funcionarial, pues las consecuencias de su estudio, inciden directamente en su naturaleza jurídica, al conocer bien dicha naturaleza y el tipo de relación jurídica, se va a perfeccionar la elaboración y conocimiento de estatutos jurídicos disciplinarios para una considerable cantidad de colectivos insertos en relaciones especiales de sujeción, esto es los servidores públicos, los particulares en ejercicio de funciones públicas, los estudiantes en establecimientos educativos, los miembros de la fuerza pública, los integrantes de profesiones demo liberales, las personas privadas de la libertad. En segundo lugar, se encuentra que la teoría data del siglo XIX en el Imperio Prusiano, ha logrado sobrevivir a la caída del Imperio de la Alemania Guillermina, al periodo del Nacional Socialismo y a dos guerras mundiales; sin embargo, el debate sobre su existencia o abandono definitivo inicia, en Alemania, hace sesenta (65) años, en donde se encuentra constitucionalizada, en España hace veinte (25) años por Mariano López Benítez e Iñaki Lasagabaster Herrarte; mientras que en Colombia, tímidamente como fue su adopción en 1992, por la Corte Constitucional y últimamente por el Consejo de Estado, se empieza a cuestionar esta categoría dogmática del Derecho disciplinario por la doctrina, lo que justificaba dar el debate en esta instancia posgradual de Maestría en Derecho disciplinario. Una tercera razón radica en que la Corte Constitucional y el Consejo de Estado en Colombia, de manera consciente o inconsciente, ha venido aplicando para fundamentar sus fallos, la teoría o categoría de las relaciones especiales de sujeción, sin embargo, revisado el estado del arte dentro de nuestro ámbito jurídico, se encuentran muchos estudios a nivel de maestría y doctorado que soporten dogmáticamente las relaciones especiales de sujeción.Universidad Libre - Facultad de Derecho - Maestría en Derecho Disciplinari

    Análisis de la notificación de infracción y su incidencia en la fase instructora del procedimiento administrativo sancionador sobre el mantenimiento del área libre de moscas de la fruta en la Región Moquegua,2020

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    La presente investigación denominada “Análisis de la notificación de infracción y su incidencia en la fase instructora del procedimiento administrativo sancionador sobre el mantenimiento del área Libre de moscas de la fruta en la Región Moquegua, 2020” tuvo como objetivo determinar de qué manera la notificación de infracción incide en la fase instructora del procedimiento administrativo sancionador sobre el mantenimiento del área libre de moscas de la fruta en la Región Moquegua, 2020. La metodología empleada en el presente estudio fue de enfoque cualitativo, de tipo básico, contando con un diseño de teoría fundamentada. Asimismo, se utilizó como instrumentos de recolección de datos a la guía de entrevista y guía de análisis documental. La conclusión a la que se arribó fue que la notificación de infracción incide desfavorablemente en la fase instructora del procedimiento administrativo sancionador debido a que no se logra entregar la notificación de cargos al administrado en el inicio del procedimiento administrativo sancionador sobre el mantenimiento del área libre de moscas de la fruta en la Región Moquegua, 2020, por lo que al utilizar la notificación personal, los inspectores de la entidad tratan de cumplir con el debido diligenciamiento, sin embargo, se ven en la dificultad de hacer efectiva la notificación de cargos en forma inmediata, teniendo en cuenta que es el órgano instructor quien debe notificar el acto, asimismo, el presunto infractor no es ubicable en su domicilio real, el domicilio indicado no es el que figura en el DNI y las notificaciones deben realizarse muchas veces en otras ciudades del país lo que dificulta concluir con el acto en la fase instructora
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